Como expuse más arriba, para la postura socrática –postura bastante común en la filosofía griega– los sentimientos son aquello que se relaciona con lo particular: son individuales y no pueden universalizarse. En cambio, la razón es lo que hay de común en todos los seres humanos y es una facultad que nos puede hacer arribar a lo universal. El énfasis en el carácter racional y no sentimental se vincula con la intención dialógica de llegar a acuerdos o verdades universales. Dentro de esta tradición filosófica es la razón lo mejor repartido en el mundo, lo común a todos y lo que está abierto a cualquiera. Los sentimientos, en cambio, constituyen el campo de lo particular y, en ocasiones, de lo intransferible, de lo imposible de tematizar, traducir o compartir por medio del lenguaje. Por ejemplo, una persona enamorada percibe los límites del discurso, advierte que no es posible definir con palabras lo que siente, se da cuenta de que el amor no se aloja en el lenguaje.
Con el análisis de la película Doce hombres en pugna, veíamos que no es posible escindirse y dejar de lado los sentimientos o emociones para dejar actuar solamente a la razón. En todo caso, se trata de expresar esos sentimientos, analizarlos y desocultar, en lo posible, los orígenes de nuestras opiniones.
Pero además, hay quienes cuestionan la idea de que todo sentimiento es particular o individualizante. Por ejemplo, el filósofo inglés Peter Strawson (1995), en su libro Libertad y resentimiento, sostiene que existen sentimientos con “vocación comunicativa” –puedo comunicar lo que siento y puedo explicar por qué siento lo que siento– y “pretensión de universalidad” –puedo querer justificadamente que otros sientan lo mismo que yo en circunstancias similares–. Estos sentimientos son los llamados “sentimientos morales” y pueden dividirse en los siguientes:
La “humillación”: es el sentimiento de ser ofendido por otro, cuando considero que el otro estaba consciente de lo que hacía. Es el sentimiento de ser víctima de la acción de otro u otros, de haber sido dañado injustamente, de haber sido maltratado. En la humillación se me abre a mí, como participante en una situación intersubjetiva, la dimensión de un derecho moral violado: “¡me has engañado, no hay derecho!”. Se trata de un vínculo intersubjetivo lesionado y por ello me siento humillado y me resiento. ¿Cuál es la diferencia entre un sentimiento cualquiera de malestar y la humillación?, alguien que vive en una situación de injusticia permanente, que nace en una situación de injusticia, que vive esa injusticia desde que nace, puede, por supuesto, sufrir, pero tal vez no sentirse humillado. Puede sufrir, pero tal vez no estar dándose cuenta de que sufre una injusticia, de que no merece ese trato, de que debería ser tratado o tratada de otro modo.
La humillación surge cuando se reconoce la injusticia. Es un sentimiento preciso, no es cualquier malestar. Puedo sufrir mucho y, sin embargo, no estar siendo consciente de que no debo ser tratado de ese modo, de que no hay derecho. Cuando siento que no hay derecho, cuando capto la injusticia que se está cometiendo en mi contra, es cuando aparece el sentimiento de humillación.
La “indignación”: este sentimiento se da en quien observa una acción en la cual otra persona lesiona a un tercero. Quien se indigna no participa de la situación, sino que la ve y reconoce que en esa situación se está cometiendo una injusticia. El sentimiento de indignación da pie para censurar una acción, de la cual de nuevo podemos decir no hay derecho, y en la cual participan dos o más personas distintas de nosotros. No somos los agentes ni los pacientes sino los observadores.
Podemos pensar en alguien que leyendo un diario se empieza a indignar mientras lee, pero no porque sea él quien esté sufriendo aquello sobre lo que lee, sino porque siente que no debiera suceder aquello que sucede. ¿Por qué sería también un sentimiento posible de universalizar? Porque es legítimo pretender que otro también se indigne ante esa noticia. Se trata de pretender un sentimiento común, frente a una situación también común.
La “culpa” –o la “responsabilidad”–: este sentimiento se da en quien participa en la acción y mediante un determinado comportamiento lesiona a otro. Es un sentimiento que surge de reconocer el haber cometido un daño a otras personas. Quien siente culpa se siente victimario. Se trata de un sentimiento que reconoce y acepta la propia responsabilidad y la profunda significación interpersonal del acto cometido. Entonces aparecerá el arrepentimiento o el intento de reparación y es posible de universalizar porque es legítimo pretender que otro también sienta culpa o responsabilidad cuando ha cometido un daño.
Estos sentimientos y sus contrapartidas positivas –el agradecimiento, el perdón, la solidaridad, el reconocimiento– son ciertamente personales, pero se caracterizan por ser generalizables. Aquello que me produce humillación es algo que yo considero que podría humillar a otras personas si estuvieran en mis circunstancias. La indignación que nos causa una injusticia es algo que pensamos que debería ser compartido por todos. La culpa o la responsabilidad que experimentamos cuando hemos ofendido a alguien es un sentimiento que quisiéramos que tuviera quien nos ofende u ofende a otros.
Se trata de experiencias que permiten analizar situaciones, discutir puntos de vista, dar razones y motivos, explicaciones. Son sentimientos que merecen estar dentro del diálogo, para fundamentar por qué ciertas acciones merecen ser rechazadas y otras elogiadas.